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TODAS LAS OBLIGACIONES FISCALES DE PYMES Y AUTÓNOMOS DE AQUÍ A FINAL DE AÑO

El mes de octubre vuelve a ser ajetreado para el colectivo de las pymes y los autónomos. Este mes deberán afrontar el cierre del tercer trimestre fiscal, que incluye el cierre del IVA e IRPF para los profesionales autónomos. Con la excepcionalidad de que, al caer el día 20 en sábado, la presentación de dichos impuestos se prolongará al siguiente día hábil: el 22 de octubre. Pero este no será el único trámite a realizar, ni en el mes de octubre ni, por supuesto, de aquí a final de año.

 

El portal Empresa Actual, promovido por la compañia Informa D&B, ha recopilado el resto de obligaciones fiscales para pymes y autónomos. Dentro de la presentación del IRPF se deberá rellenar el modelo 115, el de las retenciones aplicadas por alquileres, así como las retenciones del IRPF que se hayan realizado en concepto de alquiler.

 

También se debe presentar es el de las retenciones aplicadas a trabajadores y profesionales empresarios (modelo 111). A través de este trámite, los autónomos y las empresas declaran e ingresan todas las retenciones del IRPF que han efectuado a sus trabajadores a lo largo del trimestre.

 

La liquidación del IRPF fraccionada por Estimación Directa (modelo 130) es otro trámite, según recoge la Agencia EFE de la citada recopilación. Aquí el autónomo declara el beneficio que haya generado con su actividad económica y se ingresa un porcentaje de este beneficio a cuenta de su declaración de la Renta. Del mismo modo, aquellos que liquiden este impuesto mediante estimación objetiva deberán presentar el modelo 131.

 

En el caso de operaciones intracomunitarias, desde Empresa Actual se recuerda que también tendrán que enfrentar el modelo 349. Se trata de una declaración informativa de operaciones intracomunitarias de compra o venta de un bien o servicio.

 

Impuesto de Sociedades

Durante octubre, se puede presentar el modelo 202 para hacer pagos a cuenta por el Impuesto de Sociedades. Cantidad que se descontaría del total a pagar en la liquidación anual de este impuesto. 

En el mes de diciembre hay que abonar también el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades (modelo 202) para los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades.

 

Posteriormente, el 20 de diciembre se cierra el plazo para presentar el pago fraccionado Impuesto de Sociedades (modelo 202). Y el 31 de diciembre es el último día en el que se podrá cambiar la forma de tributar el IRPF (modelo 036 o 037), esto último sólo para profesionales autónomos.

 

Fuente: www.cincodias.com

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