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RESIDENCIA POR ARRAIGO FAMILIAR

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

 

Para solicitar la residencia por arraigo familiar es necesario acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

 

- No ser ciudadano comunitario, ni familiar de ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza al que le sea de aplicación el régimen comunitario.

- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio Schengen. 

- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen. 

Ser padre o madre de menor de nacionalidad española, o hijo de padre o madre que hubiera sido originariamente español.

 

En Gefirenet gestionamos y preparamos el proceso para la obtención del permiso de trabajo y residencia por arraigo familiar, desde la petición del mismo hasta su obtención. 

Horarios:

Lunes a jueves:

De 10:00 a 15:00 y de 16:00 a 19:00

 

Viernes:

De 10:00 a 14:00

LLÁMANOS: 

+34 911318302

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